Constituir o registrar es el inicio. La operación genera obligaciones que se repiten, y desatenderlas es más caro que cumplirlas.
La sociedad debe celebrar su asamblea, documentar decisiones en sus libros y mantener vigente el nombramiento de su representante legal, que por ley no puede exceder de tres años. Debe presentar sus declaraciones, mantener actualizado su registro de accionistas y su información de beneficiario final. Si tiene personal, sus obligaciones patronales corren todos los meses y sus prestaciones tienen fechas.
Es común encontrar sociedades operando con nombramientos vencidos desde hace años, libros sin actualizar o asambleas que nunca se celebraron. Nada de eso da problemas hasta el día en que hay que firmar algo importante, y entonces los da todos.
El acompañamiento posterior se define según su operación. Conversémoslo desde el inicio.